Domingo 6 de febrero de 2022.
Se informa lo dispuesto en el Artículo 29 del Reglamento para el ejercicio del sufragio en la elección nacional del 6 de febrero de 2022, Decreto n.° 6-2021: “Emisión del sufragio: Las personas ciudadanas podrán emitir su voto siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones:
a) Que su nombre figure en la lista de electores del padrón registro.
b) Que presente su cédula de identidad vigente. Las cédulas de identidad vencidas a partir del 4 de febrero del año 2020 se mantendrán vigentes hasta el 6 de febrero del año 2022”.
Enlace para verificar su domicilio electoral: https://www.tse.go.cr/dondevotar/?fbclid=IwAR3dcf18uoUk4loyvrwqEKqqWb_My7UKh8ecqlMTrbEUU9CISko3oaCnBAc